Como poetas, creemos en la
intuición. Como ratones de archivo y aficionados historiadores, creemos en la
perseverancia, en el estudio y en la verdad. Por nuestro natural optimista, creemos
también en la suerte, en el azar y en la casualidad.
Ese
cúmulo de elementos —intuición, perseverancia, búsqueda de la verdad histórica,
suerte, casualidad— ha hecho posible que
la figura de Rosa Rey Romero vaya emergiendo de la sombra, de la muerte civil a
la que el franquismo la condenó, que su nombre, leído por primera vez hace unos
días, vaya encarnando en la imagen de una mujer concreta, de una vecina de este
pueblo, que representa, por una parte, el compromiso ideológico y el activismo
de las mujeres en la España republicana, por otra, la negra noche en que se
vieron sumidos miles de españoles, hombres y mujeres, a quienes rigurosamente se
aplicó la temible Ley de Responsabilidades Políticas para que purgaran sus
culpas por haber contribuido a la subversión roja.
Toda
una cadena de venturosos acontecimientos nos ha conducido hasta Rosa Rey, una
cadena cuyo primer eslabón hay que situar en la tarde de un nueve de mayo
republicano, cuando una mano anónima arrancó la hoja cuadriculada de un
cuaderno de tamaño folio, tomó nota de aquella reunión de mujeres y, no sabemos
por qué, la guardó entre las hojas del libro de registro de socios de Unión
Obrera, donde la encontramos una mañana de mayo de ochenta años después; una
cadena que sigue cuando leemos esa hoja suelta y nos interesamos por la mujer
que iba a dar un discurso político a sus compañeras, y comprobamos que ese
nombre aparece en las estudios de tres investigadores, Antonio Barragán Moriana,
Manuel Vacas Dueñas, Carmen Jiménez Aguilera, y descubrimos que Rosa Rey Romero
fue encausada y encarcelada en virtud de la citada, temida, Ley de
Responsabilidades Políticas; se alarga esa cadena con el eslabón de la
casualidad, pues uno de estos profesores, Manuel Vacas, trabaja en el mismo
instituto que nosotros, y nos presenta una tarde a su compañera, Carmen Jiménez
Aguilera, que prepara su tesis doctoral sobre la represión franquista de la
mujer en el norte de la provincia de Córdoba, que no tiene inconveniente en
pasarnos copia de algunos documentos que ha manejado sobre Rosa Rey, y que nos
ha dado consejos y proporcionado direcciones a las que acudir en busca de más información.
La
recuperación de un momento del pasado, la restauración de una voz silenciada,
de una vida condenada al olvido, depende a veces de gestos tan insignificantes
como el de guardar una simple hoja suelta entre las páginas de un libro en
lugar de arrojarlo al fuego o a la papelera. Un hecho tan simple, tan cotidiano
como ese nos ha permitido, ochenta años después, dedicar estas palabras a una
mujer en lucha. Conjunción de elementos —intuición, perseverancia, búsqueda de
la verdad, azar, casualidad— se llama a este feliz encadenamiento que nos ha llevado
hasta la camarada Rosa Rey.
¿Quién
era Rosa Rey? No disponemos aún de suficientes datos para trazar su biografía, pero
los que conocemos hasta ahora permiten hacernos una idea. Carmen Jiménez nos ha
facilitado la copia de dos interesantísimos documentos que hemos leído con
emoción, con alegre excitación por tener en nuestras manos un testimonio
fehaciente de vida, como el buscador de pecios que encuentra un cofre con
monedas, y con dolor, como ese mismo
buscador de tesoros que sabe que el cofre pertenecía a un barco negrero.
El
primer documento es un informe de la Comisión Provincial de Examen de Penas,
fechado en Córdoba el 28 de abril de 1941, que da el visto bueno para que se
eleve al Ministerio del Ejército la solicitud de conmutación de pena. En la
primera parte de ese informe leemos que Rosa Rey Romero, natural de Torrecampo,
de 24 años de edad, viuda, fue condenada en consejo de guerra celebrado en
Villanueva de Córdoba (donde estaba detenida desde el 13 de mayo de 1939) el
día 28 de noviembre de 1939 a la pena de 30 años de reclusión mayor, con las
accesorias de inhabilitación absoluta e interdicción civil (privación de
derechos), por “adhesión a la rebelión militar”. Tras el consejo de guerra, fue
trasladada a la prisión provincial de Córdoba. La sentencia se basaba en los
siguientes hechos probados (corregimos mínimamente la puntuación y un par de
discordancias gramaticales): “mala conducta y antecedentes, perteneciente a la
llamada Agrupación de Mujeres Antifascistas y al Socorro Rojo Internacional,
siendo destacada por sus ideas y conducta revolucionaria; durante el tiempo de
dominio rojo en el pueblo de su residencia, puso de manifiesto su odio y encono
hacia la religión, profanando la iglesia y las imágenes religiosas, a las que
arrojaba al suelo desde sus altares, desposeyéndolas después de la ropa y
alhajas, y alardeando más tarde entre sus vecinas de estos hechos sacrílegos.
Ejerció el cargo de Secretaria de la UGT y se vio siempre por el pueblo vestida
de miliciana roja y provista de armas de fuego.” La Comisión proponía rebajar
la condena de 30 a 20 años y un día.
El
segundo documento es la propuesta y confirmación de la Conmutación de Pena admitida por Ministerio del Ejército, con data
en Madrid, el 3 de noviembre de 1942.
(Continuará)